CAMBIAN REGLAS PARA PAGAR DEUDAS CON EL IRS
Nueva ley modifica y endurece las condiciones bajo las cuales los contribuyentes de impuestos que tienen deudas con el Servicio de Rentas Internas (IRS) pueden llegar a un “ofrecimiento de convenio” o acuerdo de reducción de deuda.
Los cambios son el resultado de la entrada en vigencia de la Ley de Prevención de Aumento de Impuestos y Reconciliación 2005 (TIPRA por sus siglas en inglés).
Bajo TRIPA, los contribuyentes que soliciten un ofrecimiento de convenio, conocido como “offer in compromise (OIC) ” en inglés, deberán pagar ahora 150 dólares por el procesamiento de la solicitud.
Igualmente, los solicitantes deberán cancelar por adelantado parte de lo que deben para que se considere su oferta.
El programa de OIC permite a los contribuyentes con deudas fiscales ofrecer un acuerdo de pago al IRS en el que la suma total a pagar es menor que el total de la deuda que deben.
Con la nueva ley, los contribuyentes deberán pagar adelantos al momento de hacer la solicitud de un OIC, que varían dependiendo si el convenio es de pago total o a plazos.
Si se hace una oferta de pago total -cuando el monto negociado se cancela en cinco o menos cuotas- el contribuyente debe pagar el 20 por ciento del monto total que propone en el convenio, enviándolo junto con la solicitud.
Por ejemplo, si el contribuyente hace un OIC para cancelar su deuda con un total de 10.000 dólares, deberá enviar junto con la solicitud un pago de 2.000 dólares.
Este adelanto no es reembolsable en el caso de que el IRS no acepte el convenio propuesto por el contribuyente, pero se aplica a reducir la deuda.
Por otro lado, si se hace una oferta con pagos a plazos -cuando el monto negociado se cancela en seis o más cuotas-, entonces se debe incluir con la solicitud un pago equivalente a la primera cuota.
Por ejemplo, para una deuda de 10 mil dólares que se propone cancelar en ocho cuotas, se debe enviar un pago de 1.250 (10 mil dividido entre 8) con la solicitud.
Lo que el contribuyente haya pagado mientras el IRS decide sobre la oferta tampoco es reembolsable en este caso.
El contribuyente debe continuar haciendo los pagos de las cuotas propuestas en su solicitud mientras el IRS determina si acepta o no su ofrecimiento de convenio.
Para solicitar un convenio de compromiso ahora, los contribuyentes deben utilizar la forma modificada 656, que está disponible en el portal de internet del IRS (www.irs.gov).
Los contribuyentes de bajos ingresos, sin embargo, pueden quedar exentos del pago de los 150 dólares por procesamiento y del adelanto de la deuda.
El IRS considera a un contribuyente como de bajos ingresos a aquellos que ganan igual o por debajo del criterio de pobreza establecido por el Departamento de Salud y Servicios Humanos.
Según ese criterio actualizado para 2006, se considera pobre a una familia de dos personas si el ingreso es de 13.200 o menos. Para familias de tres y cuatro personas sería de 16.600 y 20 mil dólares de ingresos, respectivamente.
Los contribuyentes tienen sin embargo otras opciones para pagar deudas al IRS.
Por ejemplo, es posible llegar a un acuerdo de pago (installment agreement) con el IRS, donde la deuda se paga por completo bajo un acuerdo de cuotas mensuales por cierto período de tiempo.
Esto se puede hacer llenando la forma 9465, pero siempre es importante recordar que ningún acuerdo de pago con el IRS elimina las multas por retraso e intereses acumulados en la deuda, por lo que es importante ponerse al día tan pronto sea posible. VN
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